Vigencia . El presente decreto rige a partir de su publicación y adiciona el
al artículo 2.3.7.1.2.1 de la Sección 2., adiciona el
al artículo 2.3.7.1.3.1. de la Sección 3, modifica los artículos 2.3.7.1.3.3. y 2.3.7.1.3.5. de la Sección 3, y adiciona la Sección 5 al Capítulo 1, del Título 7, de la Parte 3, del Libro 2 del Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio, Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015.