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Artículo 10

En Los Casos En Que Se Modifique El Valor Total Del Presupuesto De Gastos De Inversión Aprobado Inicialmente Se Requiere Concepto Previo Y Favorable Del Departamento Nacional De Planeación

Decreto 2885 de 1994 · por el cual se aprueba el Presupuesto de Ingresos y Gastos de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado, de las entidades privadas que administren fondos públicos de orden nacional y de las sociedades de economía mixta sujetas al régimen de las empresas Industriales y Comerciales del Estado para la vigencia fiscal del 1º de enero al 31 de diciembre de 1995.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En los casos en que se modifique el valor total del presupuesto de gastos de inversión aprobado inicialmente se requiere concepto previo y favorable del Departamento Nacional de Planeación. Sin embargo, las modificaciones al presupuesto de gastos de inversión de las empresas, que tengan como fuente de financiación recursos del crédito previamente autorizados por el Departamento Nacional de Planeación o se originen por distribuciones, transferencias, contratos o convenios, financiados con recursos ya incorporados en el Presupuesto General de la Nación no requerirán de un nuevo concepto favorable por parte de este organismo para adelantar los trámites de incorporación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2885 de 1994