Micelio

Artículo 3

Ley 11 de 1968 · Por la cual se aprueba el "Convenio Cultural entre la República de Colombia y la República Arabe Unida", suscrito en Bogotá el 24 de marzo de 1960

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo tercero. Las Altas Partes Contratantes cooperarán en todo lo relacionado a la mutua y mejor comprensión de la civilización y cultura, especialmente en lo que concierne a:

a)

Facilitar el intercambio de libros, publicaciones, informaciones, cintas cinematográficas y métodos de enseñanza, y eliminar hasta donde fuere posible todas las dificultades que se interpongan;

b)

Impulsar el contacto y la cooperación entre las instituciones científicas, literarias y artísticas, oficiales y privadas, así como entre las demás instituciones culturales de ambos piases en general;

c)

Intensificar el contacto y la cooperación entre los hombres de ciencia, educación, arte y prensa, y facilitarles la libre movilización en territorio de cualquiera de los dos países, siempre que se trate de fines culturales y para el beneficio de ambas partes;

d)

Conceder todas las facilidades posibles para organizar exhibiciones culturales (artísticas, científicas, literarias, técnicas y arqueológicas), intercambiar grupos artísticos (teatrales, musicales), proyectar cintas cinematográficas, y para la cooperación de las radiodifusoras y televisoras;

e)

Hacer todo esfuerzo para impulsar el desenvolvimiento del turismo, las competencias deportivas y las misiones educativas, mediante mutuas invitaciones, rebaja de pasajes y facilitación de los trámites requeridos;

f)

Organizar competencias culturales y conceder premios a los mejores autores y traductores nacionales que incrementen el reconocimiento del rendimiento intelectual y la cultura de ambos países, y en general a todo lo que beneficie las finalidades de cooperación cultural entre los dos pueblos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 11 de 1968