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Artículo 15

Subdirección De Planificación De Infraestructura

Decreto 1292 de 2021 · Por el cual se modifica la estructura del Instituto Nacional de Vías – INVIAS

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. SUBDIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN DE INFRAESTRUCTURA . Son funciones de la Subdirección de Planificación de Infraestructura: 15.1. Formular y ejecutar los planes, programas y proyectos de la Subdirección de su dependencia. 15.2. Establecer las pautas para realizar estudios prospectivos y de tendencias en proyectos de infraestructura de transporte. 15.3. Suministrar el insumo técnico necesario a partir de los estudios y proyecciones realizadas a la Subdirección de Estructuración para la identificación de los proyectos susceptibles de estructurar. 15.4. Gestionar en articulación con la Oficina TIC herramientas de planificación que sirvan de base para la modelación, formulación, seguimiento y actualización del Plan de Infraestructura de Transporte. 15.5. Gestionar en articulación con la Oficina TIC el sistema de información de la infraestructura de transporte a partir de la construcción de indicadores y con base en sistemas de información geográfica y datos técnicos y estadísticos obtenidos. 15.6. Administrar el sistema de estadísticas y mantener un inventario actualizado del estado de la infraestructura, índices de accidentalidad, costos de insumos y precios unitarios, de las obras de mantenimiento y reparación que se deban efectuar y coordinar las acciones necesarias para tomar las medidas correctivas sobre los puntos críticos de accidentalidad. 15.7. Recolectar la información vial, haciendo la consolidación de los datos suministrados por las Direcciones Territoriales, que sirva de base para la toma de decisiones sobre la misma y hacer la divulgación por los medios dispuestos por la administración del Instituto. 15.8. Efectuar la estandarización de la nomenclatura, clasificación y referenciación de la infraestructura a cargo del Instituto. 15.9. Establecer las pautas para desarrollar un observatorio sobre la infraestructura de Transporte y divulgar la información a los grupos de interés. 15.10. Adelantar los estudios y/o análisis para establecer las necesidades y requerimientos de infraestructura de transporte, en concordancia con las políticas de mediano y largo plazo formuladas por el Departamento Nacional de Planeación, el Ministerio de Transporte y demás autoridades. 15.11. Determinar los parámetros técnicos y escenarios de simulación para alimentar el modelo de infraestructura de transporte en los diferentes modos. 15.12. Articular con la Oficina TIC los análisis técnicos que permitan evaluar y proponer alternativas tecnológicas en infraestructura para cada uno de los modos de transporte, con el fin de mejorar la eficiencia y sostenibilidad del sistema de la infraestructura de transporte en general. 15.13. Desarrollar, actualizar y consolidar escenarios de proyección de demanda de carga y de pasajeros a partir de las expectativas macroeconómicas, sectoriales y demográficas formuladas por el Departamento Nacional de Planeación y por los Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Transporte. 15.14. Modelar el desempeño de la red de transporte bajo distintos escenarios de inversión y de demanda de usuarios de transporte de carga y pasajeros. 15.15. Difundir la aplicación de estándares, buenas prácticas, principios y procesos para la recopilación, manejo y procesamiento de la Información en materia de infraestructura de transporte 15.16. Proponer en coordinación con las demás dependencias del INVIAS y con base en análisis técnicos, los proyectos del Plan de Infraestructura de Transporte a ser incluidos en el Plan Nacional de Desarrollo. 15.17. Emitir el concepto, acompañando el informe de interventoría o de supervisión, cuando fuere el caso, en el que se sustente la actuación, para adelantar los trámites correspondientes para declarar el incumplimiento del contrato, cuantificando los perjuicios del mismo, imponer las multas y sanciones pactadas en el contrato y hacer efectiva la cláusula penal, así mismo participar en las audiencias que se convoquen para la imposición de multas, sanciones y declaratorias de incumplimiento de los contratos a cargo de la dependencia. 15.18. Suministrar, de manera oportuna la información requerida para la preparación y presentación de la información contable y financiera del instituto, de conformidad con las normas vigentes sobre la materia. 15.19. Ejecutar los proyectos de estudios y diseños en todas sus fases y etapas para el desarrollo de obras de infraestructura en todos los modos de transporte. 15.20. Las demás inherentes a la naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por las normas legales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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