Micelio

Artículo 8

Decreto 2063 de 2018 · por el cual se modifican los artículos 2.2.4.1.1.6., 2.2.4.1.1.10., 2.2.4.1.2.1., 2.2.4.1.2.2., 2.2.4.1.2.3., 2.2.4.1.2.4. y 2.2.4.1.3.4. del Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo, Decreto número 1074 de 2015.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° . Transitorio . Las Cámaras de Comercio tendrán plazo de tres (3) meses contados a partir de la entrada en vigencia del presente decreto, para ajustar las herramientas tecnológicas de inscripción y actualización del Registro Nacional de Turismo de acuerdo con las condiciones establecidas en este decreto. Los prestadores de servicios turísticos que se inscriban o actualicen el Registro Nacional de Turismo durante este período de transición, lo harán de conformidad con lo dispuesto en el Decreto número 229 de 2017.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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