Micelio

Artículo 14

Dirección De Proyectos Especiales

Decreto 3123 de 2007 · por el cual se modifica parcialmente la estructura del Ministerio de Defensa Nacional y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Dirección de Proyectos Especiales. Son funciones de la Dirección de Proyectos Especiales, las siguientes

1.

Velar por la debida ejecución de 1os proyectos especiales de cooperación nacional e internacional para beneficio del Sector Defensa.

2.

Consolidar la información de los convenios de cooperación nacional e internacional del Sector Defensa, incluidos los existentes y hacer seguimiento a su ejecución.

3.

Gerenciar, coordinar y hacer seguimiento al debido desarrollo del planeamiento para la ejecución de los recursos destinados para el Sector Defensa que provengan de la Cooperación Internacional de aquellos países que sostienen relaciones con Colombia, en especial la de los Estados Unidos de América.

4.

Gerenciar y coordinar los proyectos especiales que se adelanten en el Sector Defensa.

5.

Ejercer las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3123 de 2007