Micelio

Artículo 13

Decreto 571 de 1975 · Por el cual se aprueba con modificaciones el Acuerdo número 012 de febrero 23 de 1975, originario del Consejo Intendencial de Arauca

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El distribuidor de licores de Arauca y les colectores a que se refiere el Capitulo IV del presente Acuerdo, en la Sección de Resguardo tendrán derechc al cobro mensual de cinco pesos ($ 5.00) por cada unidad vendida de licor denominado "wiskhy o brandy", botella o litro y a los siguientes valores por unidad de los demás licores que se expendan en el territorio:

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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