Micelio

Artículo 14

Ley 124 de 1887 · sobre varios asuntos fiscales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 14. Las leyes que hayan determinado que ciertas pensiones sean transmisibles á los herederos de los primitivos agraciados, deberán observarse en los términos en que fueren expedidas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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