º. Son funciones de los Jefes de las Secciones de Cultivos, Ganadería, Recursos Naturales y Extensión Agropecuarias, en las zonas
Ejecutar en la zona los programas de cultivos, ganadería recursos naturales y extensión agropecuarias, aprobada por el Ministerio;
Vigilar el desarrollo de los trabajos de campo de su especialidad en la zona;
Velar por el cumplimiento de las disposiciones que dicte el Ministerio sobre los aspectos agropecuarios de su competencia;
Estudiar y resolver los problemas técnicos, en coordinación con el Jefe de Zona y las oficinas centrales del Ministerio;
Asesorar al Jefe de Zona en la elaboración de Proyectos de desarrollo agropecuario;
Rendir información sobre el desarrollo de los trabajos de su sección del Jefe de zona.
El personal de las Secciones de Cultivos, Ganadería y Recursos Naturales colaborará de manera especificada con la Sección de Extensión Agropecuaria. V-DE LA RAMA TECNICA