MINISTERIO DE JUSTICIA
CAPITULO 070
Ministerio.
Al artículo 0700. Para sueldos del personal del Gabinete del Ministro, Secretaría General, Departamento de Personal, Departamento de Vigilancia Jurisdiccional, Departamento Jurídico, Departamento de Instrucción Criminal, Departamento de Menores, Departamento de Prisiones, Departamento de Notariato y Registro, Fondo Rotatorio Judicial, Oficina de Planificación Arquitectónica Carcelaria, y "astos de representación del
Ministro, en el año
Cuerpo Auxiliar de la Rama
Jurisdiccional.
Al artículo 0844. Para sueldos del personal de los Juzgados Superiores de Policía, Juzgados de Instrucción Criminal de la Capítal de la República y de fuera, Juzgados Permanentes y Juzgados de Policía, en el año