°. Los empleados que vienen desempeñando los cargos enunciados en el artículo 1°, no necesitan de nuevo nombramiento y posesión.
Decreto 198 de 1963 →Vigente
Artículo 2
Los Empleados Que Vienen Desempeñando Los Cargos Enunciados En El Artículo 1°, No Necesitan De Nuevo Nombramiento Y Posesión
Decreto 198 de 1963 · Por el cual se determina parcialmente la planta de personal del Ministerio de Minas y Petróleos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.