El Gobierno nacional, en cabeza del Ministerio del Trabajo y el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar en articulación con las autoridades tradicionales definirán mecanismos de prevención y protección para la erradicación de toda forma de explotación y trabajo infantil. Dichos mecanismos deberán, simultáneamente, reconocer, proteger y fortalecer las prácticas comunitarias y familiares formativas que, conforme a los usos y costumbres de cada pueblo, contribuyen al fortalecimiento de los procesos educativos, espirituales y culturales de la niñez y juventud indígena.
Los mecanismos señalados en el inciso anterior deberán plantearse en armonía con los derechos fundamentales de los pueblos indígenas y el desarrollo de las semillas de vida.
El Gobierno nacional, fijará con las autoridades indígenas propias, los espacios de diálogo que permitan discutir la pertinencia de los mecanismos orientados a la prevención y erradicación de toda forma de explotación, trabajo infantil en las comunidades indígenas.