Micelio

Artículo 20

Ley 51 de 1898 · Sobre prensa

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 20. Toda imputación falsa de un hecho que afecte el honor o la buena reputación de una persona o corporación, constituye calumnia.

Toda expresión ultrajante, termino de desprecio o invectiva para con un individuo o corporación, si no lleva consigo la imputación de un hecho es injuriosa.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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