Micelio

Artículo 1

La Inversión De Tres Medio Puntos Porcentuales De Encaje Sobre Los Depósitos De Ahorro De Las Cajas Y Secciones De Ahorro De Los Bances Comerciales De Que Trata El Literal B) Del Artículo 1º Del Decreto 2176 De 1977, Se Efectuará En Adelante, En Los Mismos Bonos De Vivienda Y Ahorro "clase B" Del Instituto De Crédito Territorial, En Que Invierte El Banco Popular El Encaje Obligatorio Sobre Sus Depósitos De Ahorro, Conforme A Lo Dispuesto Por El Decreto 1994 De 1972

Decreto 894 de 1981 · por el cual se interviene en la actividad de las cajas y secciones de de ahorro de los bancos comerciales y de la Caja Social de Ahorro.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 1º La inversión de tres medio puntos porcentuales de encaje sobre los depósitos de ahorro de las cajas y secciones de ahorro de los bances comerciales de que trata el literal b) del artículo 1º del Decreto 2176 de 1977, se efectuará en adelante, en los mismos Bonos de Vivienda y Ahorro "clase B" del Instituto de Crédito Territorial, en que invierte el Banco Popular el encaje obligatorio sobre sus depósitos de ahorro, conforme a lo dispuesto por el Decreto 1994 de 1972. La misma disposición del inciso anterior se aplicara a la Caja Social de Ahorros.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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