Micelio

Artículo 5

Decreto 1111 de 1952 · Por el cual se provee a la conservación y mejor aprovechamiento de las aguas del Lago de Tota y se reconoce el carácter de utilidad pública a unas obras

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo quinto. De acuerdo con la declaración de utilidad pública que se hace en este Decreto, la Empresa Siderúrgica Nacional de Paz de Río, S. A., podrá iniciar y adelantar, en nombre de la Nación, los juicios de expropiación que se hagan necesarios para la ejecución de las obras a que se refiere este Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1111 de 1952