Micelio

Artículo 4

Clases

Decreto 1 de 1984 · Por el cual se reforma el Código Contencioso Administrativo

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Clases . Las actuaciones administrativas podrán iniciarse

1.

Por quienes ejerciten el derecho de petición, en interés general.

2.

Por quienes ejerciten el derecho de petición, en interés particular.

3.

Por quienes obren en cumplimiento de una obligación o deber legal.

4.

Por las autoridades, oficiosamente. CAPITULO II Del Derecho de petición en interés general

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1 de 1984