Micelio

Artículo 28

Decreto 2523 de 1957 · Por el cual se aprueba el Estatuto del Centro "Andrés Bello", y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo vigesimosexto. El presente Estatuto regirá desde la fecha, de su expedición, y sólo podrá ser modificado por la Junta, del Instituto Caro y Cuervo, mediante Acuerdo, aprobado en dos (2) debates, por propia iniciativa o a peor puesta del Consejo del Centro.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2523 de 1957