Micelio

Artículo 5

Ley 31 de 1904 · por la cual se fija el pie de fuerza para el bienio de 1905 a 1906 y se dictan otras providencias

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 5.° Para el efecto de obtener sueldo en el servicio militar, solo podrán ser asimilados á grados militares los empleados administrativos del Ejército y en ningún caso los empleados puramente militares.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 31 de 1904