Desde que éntre en vigencia la presente Ley, quedará suprimida la Superintendencia de las Salinas Marítimas creada por el artículo 4° de la Ley 63 de 1918 . Las funciones de dicha Superintendencia las ejercerá en lo sucesivo el Interventor Fiscal de que trata la presente Ley.
Ley 35 de 1921 →Vigente
Artículo 5
Ley 35 de 1921 · Que crea el cargo de Interventor Fiscal de Aduanas y Salinas y le asigna funciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.