Artículo único. Los empleados encargados de recaudar el impuesto denominado derecho de registro por los documentos que oonforme á la ley deban revestirse de esta formalidad, exigirán á los interesados ó contratantes juramento hecho en forma legal de que el valor declarado ante aquéllos es el verdadero y efectivo de los contratos ú operaciones para los cuales solicitan éstos boleta de registro. Comuníquese y publíquese.
Decreto 11 de 1908 →Vigente
Artículo 1
Decreto 11 de 1908 · Por el cual se establece una formalidad para el cobro de los derechos de registro
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.