Articulo 10. El empleado o empleados que ordenaren la aplicación de alguna suma de las votadas en los Presupuestos Nacionales a objeto distinto de aquel que lo destine la ley (de sueldos para becas, o viceversa, de becas de una Normal para otra, etc., etc.), a parte de la responsabilidad en que incurran quedaran, ipso facto, suspensos en sus empleos y responderán conjuntamente a los perjudicados por los daños que se les ocasionen.
Decreto 850 de 1910 →Vigente
Artículo 10
El Empleado O Empleados Que Ordenaren La Aplicación De Alguna Suma De Las Votadas En Los Presupuestos Nacionales A Objeto Distinto De Aquel Que Lo Destine La Ley (De Sueldos Para Becas, O Viceversa, De Becas De Una Normal Para Otra, Etc
Decreto 850 de 1910 · Por el cual se dictan algunas disposiciones en el ramo Fiscal de las Escuelas Normales de la República
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.