º Autorízase al Banco de la República para que, sin afectar el cupo del Gobierno Nacional, adquiera los documentos de crédito autorizados en el artículo anterior, y pueda poseerlos durante todo el tiempo que duren vigentes.
Decreto 3592 de 1955 →Vigente
Artículo 2
Autorízase Al Banco De La República Para Que, Sin Afectar El Cupo Del Gobierno Nacional, Adquiera Los Documentos De Crédito Autorizados En El Artículo Anterior, Y Pueda Poseerlos Durante Todo El Tiempo Que Duren Vigentes
Decreto 3592 de 1955 · por el cual se autoriza la emisión de unos documentos de deuda pública interna y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.