Acto_legislativo 1 de 1936 · ACTO LEGISLATIVO 1 DE 1936, 05/08/1936, Reformatorio de la Constitución
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Es permitido formar compañías, asociaciones y fundaciones que no sean contrarias a la moral o al orden legal. Las asociaciones y fundaciones pueden obtener su reconocimiento como personas jurídicas.
Se garantiza el derecho de huelga, salvo en los servicios públicos. La ley reglamentará su ejercicio.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.