Micelio

Artículo 1

Todos Los Buques Matriculados Para Servicio En La Línea Mayor Del Río Magdalena, Deberán Ejecutar La Labores De Cargue Y Descargue En El Puerto Terminal Marítimo Y Fluvial De Barranquilla

Decreto 94 de 1945 · Por el cual se señalan sitios de atraque a algunos buques en barranquilla

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 1° Todos los buques matriculados para servicio en la Línea Mayor del río Magdalena, deberán ejecutar la labores de cargue y descargue en el Puerto Terminal Marítimo y Fluvial de Barranquilla.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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