ón par a atender los Programas Nacionales de Prevención, Mitigación, Erradicación, Contención y Renovación de la Marchitez por Fusarium R4T del plátano y banano (musáceas), del Huanglongbing (HLB) de los cítricos . La Corporación Colombiana de Investigación Agropecuaria (Agrosavia), o el que haga sus veces, en coordinación con el Centro de Investigación del Banano (Cenibanano) orientará, coordinará e implementará las acciones de investigación pertinentes, en relación con los programas, planes y proyectos conjuntos que se determine adelantar con otras entidades, tendientes a prevenir, mitigar y contener la problemática de la marchitez por Fusarium R4T del plátano y banano; así mismo, la Corporación Colombiana de Investigación Agropecuaria (Agrosavia), orientará, coordinará e implementará las acciones de investigación pertinentes, en relación con los programas, planes y proyectos conjuntos que se determine adelantar con otras entidades, tendientes a prevenir, mitigar y contener la problemática del Huanglongbing (HLB) de los cítricos y entregarán informes anuales a las comisiones nacionales que se crean en la presente ley.
Ley 2303 de 2023 →Vigente
Artículo 4
Agencia De Investigaci
Ley 2303 de 2023 · por la cual se declaran de interés social nacional y como prioridad sanitaria la prevención, la mitigación, erradicación, contención y renovación de la marchitez por Fusarium R4T del plátano y banano (musáceas), de la enfermedad conocida como Huanglongbing (HLB) de los cítricos, de la pudrición del cogollo y la marchitez letal en la palma de aceite en todo el territorio colombiano y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.