Micelio

Artículo 5

°

Decreto 331 de 1919 · Por el cual se reglamenta la Ley 56 de 1918

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° . La Circunscripción 1 será servida por dos Visitadores, y por uno cada una de las demás. El Ministro de Hacienda, designará los Visitadores que deban ejercer ordinariamente sus funciones en cada Circunscripción, y podrá, cuando lo juzgue conveniente, disponer que aquéllos pase de una Circunscripción a otra, Además podrá el Ministro disponer que cualquier Visitador practique ocasionalmente visitas en determinadas oficinas sin sujetarle a la jurisdicción ordinaria de éste.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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