Créase una comisión de tres especialistas en estudios penales, al examen de la cual pasara el referido Código y las modificaciones propuestas y que se propongan por distintas entidades públicas para que, por conducto del Gobierno, presente el proyecto de reforma definitivo, con una completa y detallada exposición de motivos, en los primeros diez días de las sesiones ordinarias de 1924.
Ley 81 de 1923 →Vigente
Artículo 2
Ley 81 de 1923 · Por la cual se señala nueva fecha para la vigencia de la Ley 109 de 1922 y se crea una Comisión
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.