Micelio

Artículo 5

A Partir Del 1º De Enero De 1997 El Gerente General Del Banco Del; Estado, El Gerente Del Instituto De Fomento Industrial, Ifi; El Director Del Fondo De Garantías De Instituciones Financieras, Fogafin; El Gerente De Interconexión Eléctrica, Isa, Y El Presidente De La Financiera Energética Nacional, Fen, Tendrán Un Sueldo Básico Mensual De Cuatro Millones Novecientos Nueve Mil Seiscientos Veintiséis Pesos ($4

Decreto 68 de 1997 · por el cual se fija la remuneración de los empleados públicos pertenecientes a las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y a las Sociedades de Economía Mixta, sometidas al régimen de dichas empresas del orden nacional directas e indirectas y se dictan otras disposiciones en materia salarial.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. A partir del 1º de enero de 1997 el Gerente General del Banco del; Estado, el Gerente del Instituto de Fomento Industrial, IFI; el Director del Fondo de Garantías de Instituciones Financieras, Fogafin; el Gerente de Interconexión Eléctrica, ISA, y el Presidente de la Financiera Energética Nacional, FEN, tendrán un sueldo básico mensual de cuatro millones novecientos nueve mil seiscientos veintiséis pesos ($4.909.626,00) moneda corriente. El Director del Fondo de Garantías de Instituciones Financieras, Fogafin, tendrá derecho a las prestaciones y factores de salario de los empleados públicos de la Rama Ejecutiva del Poder Público del nivel nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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