Micelio

Artículo 1

Decreto 233 de 1919 · Por el cual se aplaza el cumplimiento de los Decretos números 2309 de 1918 y 68 de 1919

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. Aplázase la ejecución de los Decretos números 2209 de 1918 y 68 del corriente año, sobre acuñación de monedas especiales para la circulación dentro de los Lazaretos, hasta tanto que el Gobierno estime indispensable efectuar tal acuñación. Comuníquese a la Junta de Conversión y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 233 de 1919