º Para la realización de sus fines y objetivos, el Instituto Nacional de Fomento Municipal contara con los siguientes recursos
Los fondos, bienes y productos que tenía el Fondo de Fomento Municipal al entrar a regir el Decreto numero 289 de 1950:
Los fondos nacionales que se asignen en los presupuestos anuales para el sostenimiento y desarrollo del Instituto:
Los aportes para la construcción de obras que deban hacer las entidades de derecho publico:
El producto de las operaciones de crédito a corto o largo plazo que celebre el Instituto conforme a las autorizaciones que se le confieran, y
Los ingresos varios o aprovechamientos que provengan de los bienes y rentas del Instituto.
Todos los auxilios que decrete el congreso con destino a las obras cuya construcción se prevé en este Decreto, ingresarán al Instituto Nacional de Fomento Municipal, para que por su conducto se apliquen los fondos a los fines indicados en el Municipio beneficiario del respectivo auxilio.