º . Servicio de seguimiento. El servicio de seguimiento se pagará anualmente por el interesado, de acuerdo con el siguiente procedimiento: Durante el primer mes de cada año de seguimiento, la autoridad ambiental proferirá el auto mediante el cual ordenará al beneficiario del permiso, concesión o autorización ambiental para el uso de los recursos naturales renovables, el pago de la cuota anual correspondiente, la cual deberá ser cancelada dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha de ejecutoria del respectivo auto.
Las autoridades ambientales podrán cobrar máximo los costos de tres (3) visitas anuales, al área donde se lleva a cabo el uso del recurso, en los eventos en que el permiso, concesión o autorización se otorgue por un término igual o superior a un (1) año. Si el permiso, concesión o autorización tiene una duración superior a seis (6) meses e inferior a un (1) año, se cobrará máximo el costo de dos (2) visitas. En los casos en que el permiso, concesión o autorización ambiental no supere el término de seis (6) meses, se cobrará el costo de una (1) visita.