Micelio

Artículo 1

Créase El Curso De Alcaldes Para El Departamento De Santander

Decreto 1550 de 1950 · Por el cual se aprueba el Decreto número 0454 de 3 de abril de 1950, expedido por la Gobernación del Departamento de Santander

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. Apruébase en todas sus partes el siguiente Decreto expedido por la Gobernación de Santander; que a la letra dice: "DECRETO NUMERO 454 DÉ 1950 (ABRIL 3) por el cual se. abre un curso de Alcaldes. El Gobernador del Departamento de Santander, en uso de sus atribuciones legales, y especialmente por las conferidas por en Decreto ejecutivo 3523 de 1949, y considerando 1° Que para la buena marcha administrativa de las Alcaldías Municipales es de urgencia crear un curso para la formación y preparación de personal que ha de desempeñar los cargos de Alcaldes; 2° Que con esta .medida se logrará que las personas designadas para desempeñar las Alcaldías Municipales vayan debidamente preparadas y puedan cumplir fielmente con sus funciones de representantes del Gobierno en cada Sección del Departamento; DECRETA: Artículo 1° Créase el curso de Alcaldes para el Departamento de Santander. Artículo 2° El curso comprenderá 3 grupos con duración de dos meses de estudio y compuesto de 20 alumnos cada uno. El primer grupo comenzará labores el día 10 de los corrientes; el segando, el 10 de junio, y el tercero el 10 de agosto de 1950. Artículo 3° Los aspirantes a ingresar han de llenar las siguientes formalidades: 1° Ser mayor de 21 años. 2° Tener cierta preparación intelectual. 3° Presentar certificado de Policía para comprobar que no tienen antecedentes con la justicia. Articulo 4° Fíjase la suma de $ 70.00 (setenta pesos) moneda corriente, mensuales a cada uno de los- integrantes del curso. Artículo 5° El Gobierno procederá a hacer los traslados necesarios dentro del Presupuesto de la actual vigencia para el cumplimiento del presente Decreto. Comuníquese. Expedido en Bucaramanga a 3 de abril dé 1950. (Firmados): Hernando Sorzano González, Jóse Duarte Salazar, Secretario de Gobierno-- Gabriel González Cadena, Secretario, de Hacienda".

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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