Micelio

Artículo 331

El Padre, El Marido, El Hermano O El Hijo Mayores De Edad Que Con Fines Lucrativos Patrocinen O Toleren La Prostitución De La Hija, Esposa, Hermana O Madre, Estarán Sujetos A La Pena De Uno A Cuatro Años De Prisión

Decreto 2300 de 1936 · Por el cual se adopta el texto definitivo del nuevo código Penal

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El padre, el marido, el hermano o el hijo mayores de edad que con fines lucrativos patrocinen o toleren la prostitución de la hija, esposa, hermana o madre, estarán sujetos a la pena de uno a cuatro años de prisión.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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