Micelio

Artículo 1

Ley 67 de 1936 · por la cual se decreta un auxilio y se da una autorización al Gobierno en relación con las nuevas minas de esmeraldas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Auxiliase con la cantidad de tres mil pesos ($ 3,000) anuales, que se pagarán por duodécimas partes, al Municipio de Buenos Aires, en el Departamento del Cauca, en razón de los perjuicios que sufre por la explotación de minerales que allí se efectúa.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 67 de 1936