Las reuniones de la Junta Directiva se harán constar en actas, las cuales, una vez aprobadas, serán firmadas por el Presidente y el Secretario de la misma y rubricas en cada página. Dichas actas tendrán una numeración continua que se reiniciará cada año, con indicación del día, mes y año en que se celebró la sesión y estarán bajo la custodia, del Secretario de la Junta.
Ningún miembro de la Junta Directiva, funcionario del Fondo Rotatorio o asistente a las sesiones de aquélla podrá revelar, los planes, programas, proyectos y actos que se encuentran en estudio o proceso de adopción, salvo que la Junta Directiva o el Gerente hayan autorizado la información.
Todo informe sobre asuntos resueltos o adoptados que debe darse al público en general o a los particulares interesados, se suministrará de conformidad con las reglamentaciones que sobre el particular se expidan.