El artículo 225 del Código de Procedimiento Penal quedará así:
Artículo 225. Requisitos formales de la demanda. La demanda de casación deberá contener:
La identificación de los sujetos procesales y de la sentencia demandada.
Una síntesis de los hechos materia de juzgamiento y de la actuación procesal.
La enunciación de la causal y la formulación del cargo indicando en forma clara y precisa sus fundamentos y las normas que el demandante estime infringidas.
Si fueren varios los cargos, se sustentarán en capítulos separados.
Es permitido formular cargos excluyentes de manera subsidiaria.