o. El Ministerio de Comercio Exterior en desarrollo de lo establecido en el artículo 5o. del Segundo Protocolo Modificatorio del Acuerdo Regional número 4, determinará los países que han puesto en vigencia en toda su extensión el mencionado Protocolo con el fin de determinar los países que pueden beneficiarse de la preferencia arancelaria regional de que trata el artículo 1o. del presente Decreto.
Decreto 1011 de 1995 →Vigente
Artículo 2
O
Decreto 1011 de 1995 · por el cual se da cumplimiento a unos compromisos contraídos por Colombia en el marco de la Asociación Latinoamericana de Integración, ALADI.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.