Micelio

Artículo 1

Decreto 2449 de 1961 · Por el cual se incorpora a la Nomenclatura y Escala de Sueldos vigentes unos cargos creados por el Decreto 2837 de 1960

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. Incorpóranse a la Nomenclatura y Escala de Sueldos establecidas por el Decreto 1678 de 1960, los siguientes cargos creados en el Ministerio del Trabajo, mediante el Decreto 2837 de diciembre 14 del mismo año, así: Número de cargos Clases de cargos Grado Departamento-de Antioquia Medellín Inspección Nacional del Trabajo 1 Oficinista II 4 Departamento del Atlántico. Barranquilla Inspección Nacional del Trabajo 1 Oficinista II 4 Departamento de Bolívar. Cartagena. Inspección Nacional del Trabajo 1 Oficinista II 4 Departamento de Boyacá. Tunja. Inspección Nacional del Trabajo. 1 Oficinista II 4 Departamento de Caldas. Manizales. Inspección Nacional del Trabajo 1 Oficinista II 4 Departamento del Cauca. Popayán. Inspección Nacional del Trabajo 1 Oficinista II 4 Dirección Regional de Cundinamarca, Despacho del Director 1 Oficinista II 4 Departamento de Córdoba. Montería. Inspección Nacional del Trabajo 1 Oficinista II 4 Departamento del Chocó. Quibdó. Inspección Nacional del Trabajo 1 Oficinista II 4 Departamento del Huila. Neiva. Inspección Nacional del Trabajo 1 Oficinista II 4 Departamento del Magdalena. Santa Marta. Inspección Nacional del Trabajo 1 Oficinista II 4 Departamento del Meta. Villavicencio. Inspección Nacional del Trabajo 1 Oficinista II 4 Departamento de Nariño. Pasto. Inspección Nacional del Trabajo 1 Oficinista II 4 Departamento de Norte de Santander. Cúcuta. Inspección Nacional del Trabajo 1 Oficinista II 4 Departamento de Santander. Bucaramanga Inspección Nacional del Trabajo 1 Oficinista II 4 Departamento del Tolima. Ibagué. Inspección Nacional del Trabajo 1 Oficinista II 4 Departamento del Valle Cauca. Cali. Inspección Nacional del Trabajo 1 Oficinista II 4

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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