Forma de pago del precio. El precio de compra de las acciones a que se refiere el presente Decreto se pagara de contado de acuerdo con lo que establezca el reglamento del martillo, sin perjuicio de la posibilidad que tienen las personas a que se refiere el numeral 1º del artículo 3º de obtener prestamos para el pago de acuerdo con lo previsto en el artículo 4º del presente Decreto. El precio de compra de las acciones también podrá pagarse a plazo no mayor de treinta (30) días comunes contados a partir del día siguiente a la fecha de adjudicación de las mismas, siempre y cuando que el adjudicatario otorgue las garantías que se hayan establecido para operaciones a plazo en los reglamentos de las bolsas de valores.
Además de lo dispuesto en normas relativas a la adquisición de acciones de empresas publicas, el pago de las acciones sólo podrá realizarse en cheque.