Micelio

Artículo 2

Decreto 628 de 1962 · Por el cual se dictan disposiciones para asignar funciones administrativas derivadas del ingreso de Colombia a la Organización Meteorológica Mundial

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. Para todos los efectos relacionados con el Convenio de la Organización Meteorológica Mundial, el Director del Instituto Geográfico "Agustín Codazzi", actuará como Director del Servicio Meteorológico Nacional, en consulta con el Comité Nacional de Meteorología e Hidrología.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 628 de 1962