Micelio

Artículo 2

Aclárase El Artículo 2° Del Decreto 2707 De 2013, El Cual Quedará Así: Nombrar Al Doctor Manuel José Cepeda, Ex Magistrado Y Presidente De La Corte Constitucional, Ex Embajador De Colombia Ante La Organización De Las Naciones Unidas Para La Educación, La Ciencia Y La Cultura, Unesco, Y Ex Embajador Ante La Confederación Helvética, Como Coagente Para Que De Igual Manera Atienda Y Represente Los Intereses De Colombia Ante La Corte Internacional De Justicia En Los Procesos Relativos A Las Demandas Presentadas Por Nicaragua Los Días 16 De Septiembre Y 26 De Noviembre De 2013, Concernientes A La “cuestión Sobre La Delimitación De La Plataforma Continental Entre Nicaragua Y Colombia Más Allá De Las 200 Millas Desde La Costa Nicaragüense” Y A La “presunta Violación De Los Derechos Soberanos Y Áreas Marítimas De Nicaragua Declarados En La Sentencia Del 19 De Noviembre De 2012”, Respectivamente

Decreto 39 de 2014 · por el cual se aclara el Decreto 2707 del 22 de noviembre de 2013.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Aclárase el artículo 2° del Decreto 2707 de 2013, el cual quedará así: Nombrar al doctor Manuel José Cepeda, ex Magistrado y Presidente de la Corte Constitucional, ex Embajador de Colombia ante la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, Unesco, y ex Embajador ante la Confederación Helvética, como Coagente para que de igual manera atienda y represente los intereses de Colombia ante la Corte Internacional de Justicia en los procesos relativos a las demandas presentadas por Nicaragua los días 16 de septiembre y 26 de noviembre de 2013, concernientes a la “Cuestión sobre la Delimitación de la Plataforma Continental entre Nicaragua y Colombia más allá de las 200 millas desde la Costa Nicaragüense” y a la “Presunta violación de los derechos soberanos y áreas marítimas de Nicaragua declarados en la sentencia del 19 de noviembre de 2012”, respectivamente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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