º El artículo 22 del Decreto 2554 de 1973 quedará así: El sistema de clasificación, remuneración y nomenclatura de empleos, que para los Establecimientos Públicos, del orden nacional establece el Decreto 2554 de 1973, deberá implantarse por los órganos directivos con sujeción a las normas y procedimientos que el citado Decreto señala. En consecuencia la modificación a las Plantas de Personal; la creación o supresión de empleos, se hará con arreglo a estas normas y requerirá aprobación del Gobierno.
Decreto 548 de 1974 →Vigente
Artículo 1
El Artículo 22 Del Decreto 2554 De 1973 Quedará Así: El Sistema De Clasificación, Remuneración Y Nomenclatura De Empleos, Que Para Los Establecimientos Públicos, Del Orden Nacional Establece El Decreto 2554 De 1973, Deberá Implantarse Por Los Órganos Directivos Con Sujeción A Las Normas Y Procedimientos Que El Citado Decreto Señala
Decreto 548 de 1974 · Por el cual se modifica el artículo 22 del Decreto 2554 de 1973
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.