Reservas de desviación de siniestralidad sobre riesgos políticos y extraordinarios. Sobre las primas emitidas por concepto de riesgos políticos y extraordinarios garantizados por la Nación, las entidades aseguradoras emisoras de las pólizas constituirán una reserva de desviación de siniestralidad tomando como base el setenta por ciento (70%) de las primas emitidas. Dicha reserva cumplirá con los siguientes requisitos
La reserva se constituirá por el cien por ciento (100%).
Esta reserva será acumulable y no podrá liberarse, salvo en los casos en que se destine al pago de siniestros derivados de los riesgos políticos o extraordinarios o a la devolución de primas no devengadas.