Fecha de constitución e instalación de la empresa. Para los efectos de esta ley, se considera constituida una empresa, en la fecha de la escritura pública de constitución.
Así mismo, se entiende instalada la empresa, cuando presente memorial dirigido a la Administración de Impuestos y Aduanas respectiva, en la cual manifieste lo siguiente:
Intención de acogerse a los beneficios que otorga la ley.
Actividad económica a la que se dedica.
Capital de la empresa.
Lugar de ubicación de la planta física o inmueble donde desarrollará la actividad económica.
Domicilio principal.