Micelio

Artículo 130

Derogado

Ley 201 de 1995 · Por la cual se establece la estructura y la organización de la Procuraduría General de la Nación y se dictan otras disposicionesVigente Parcial

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Derogado

Sección de Tesorería . Esta Sección tendrá las siguientes funciones: a) Recibir y custodiar los dineros y títulos que por diversos conceptos recaude el organismo; b) Efectuar los pagos correspondientes conforme al Programa Anual de Caja verificando los soportes legales correspondientes y la correcta identificación del beneficiario; c) Girar oportunamente los recursos necesarios para satisfacer las obligaciones asumidas por el organismo tanto a nivel central como departamental y provincial; d) Llevar los registros fiscales que exige la Contraloría General de la República y los demás que se consideren necesarios para el buen funcionamiento de la Sección; e) Preparar y presentar los informes exigidos por la Dirección del Tesoro Nacional, la Contraloría General de la República y demás entidades que lo requieran; f) Constituir las reservar de caja con base en el PAC autorizado y enviar la relación a la Dirección General del Presupuesto y a la Dirección del Tesoro Nacional para su correspondiente seguimiento; g) Expedir los certificados de pago y descuentos efectuados por la Entidad; h) Las demás que sean asignadas por la ley y/o resolución motivada del Procurador General, que estén acorde con la naturaleza de las funciones de la Sección. Vigente desde: 28/07/1995 y hasta el: 21/02/2000

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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