°. Autorízase a la Nación - Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para recibir del Instituto de Planificación y Promoción de Soluciones Energéticas para las Zonas No Interconectadas, IPSE, las acciones que una vez efectuadas las capitalizaciones de que tratan los considerandos del presente decreto, le entreguen de la Empresa de Energía de Boyacá S. A. ESP, EBSA S. A. ESP, y de Gestión Energética S. A. ESP, GENSA S. A. ESP, así como las acciones que actualmente posee en las Centrales Eléctricas del Cauca S. A. ESP, Cedelca, hasta por los montos y condiciones que a continuación se relacionan: Entidad Monto Empresa de Energía de Boyacá S. A. ESP, EBSA S. A. ESP 112.207.415.630,00 Gestión Energética S. A. ESP, GENSA S. A. ESP 38.765.334.000,00 TOTAL 150.972.749.630,00 El valor por el cual la Nación - Ministerio de Hacienda y Crédito Público, recibirá las acciones del Instituto de Planificación y Promoción de Soluciones Energéticas para las Zonas No Interconectadas, IPSE, será el mismo valor por el cual el Instituto de Planificación y Promoción de Soluciones Energéticas para las Zonas No Interconectadas, IPSE, recibió las acciones de Gestión Energética S. A. ESP, GENSA S. A. ESP, y de la Empresa de Energía de Boyacá S. A. ESP, EBSA S. A. ESP, no obstante este valor no podrá ser superior al valor nominal de dichas acciones. Entidad Numero de Acciones Valor por Acción ($) Total ($) Centrales Eléctricas del CaucaS. A. ESP, Cedelca 509.738.670 72,59 37.001930.055,30 TOTAL 37.001.930.055,30 GRAN TOTAL ACCIONES 187.974.679.685,30 De conformidad con el Documento Conpes 3327 del 20 de diciembre de 2004, el valor por el cual la Nación - Ministerio de Hacienda y Crédito Público, recibirá las acciones de las Centrales Eléctricas del Cauca S. A. ESP, Cedelca, de propiedad del Instituto de Planificación y Promoción de Soluciones Energéticas para las Zonas No Interconectadas, IPSE, corresponde al valor de la capitalización realizada por el Instituto de Planificación y Promoción de Soluciones Energéticas para las Zonas No Interconectadas, IPSE, en las Centrales Eléctricas del Cauca S. A. ESP, Cedelca.
Artículo 1
Autorízase A La Nación - Ministerio De Hacienda Y Crédito Público, Para Recibir Del Instituto De Planificación Y Promoción De Soluciones Energéticas Para Las Zonas No Interconectadas, Ipse, Las Acciones Que Una Vez Efectuadas Las Capitalizaciones De Que Tratan Los Considerandos Del Presente Decreto, Le Entreguen De La Empresa De Energía De Boyacá S
Decreto 3222 de 2005 · por el cual se autoriza a la Nación -Ministerio de Hacienda y Crédito Público-, para canjear instrumentos de deuda interna, del Instituto de Planificación y Promoción de Soluciones Energéticas para las Zonas No Interconectadas, IPSE, por acciones.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.