Artesanías de Colombia, el Fondo DRI, el IFI, el FIS y Findeter destinarán recursos de inversión y crédito para la financiación de iniciativas presentadas por las formas asociativas de pequeños productores, comunidades indígenas, negritudes y unidades familiares referentes al fomento de las actividades de desarrollo productivo, artesanal y agropecuario en la zona afectada.
Las inversiones de cualquier carácter que se adelanten en la zona de la catástrofe a la que se refiere la presente Ley deberán respetar el medio ambiente, el interés social, la diversidad étnica y el patrimonio cultural y arqueológico de la Nación .