Los vehículos utilizados para el transporte de explosivos y elementos de ignición desde los sitios de venta hasta el polvorín, deberán
Poseer una carrocería sólida, resistente y con características específicas de aislamiento;
Permanecer en excelentes condiciones mecánicas;
Ser marcados con avisos que digan: vehículos cargados con explosivos o elementos de ignición;
Ser operados a una velocidad no superior a 45 kilómetros por hora.
Mientras estén cargados, los vehículos no deberán estacionarse en garajes o talleres para reparación o mantenimiento ni entrar a las estaciones de servicio para aprovisionarse de combustibles.