Micelio

Artículo 2

El Médico Jefe De La Unidad Sanitaria Tendrá Un Sueldo De $ 250 Mensuales, Imputables Al Artículo 523 Del Presupuesto Vigente

Decreto 929 de 1936 · Por el cual se aprueba la Resolución número 28 de 1936, del Departamento Nacional de Higiene

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El Médico Jefe de la Unidad Sanitaria tendrá un sueldo de $ 250 mensuales, imputables al artículo 523 del Presupuesto vigente. Tendrá las funciones de Director Comisarial de Higiene y Médico de puerto, y queda facultado para dictar las disposiciones necesarias en cuanto a la sanidad, teniendo en cuenta las circunstancias de la comarca en donde actúa.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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