Micelio

Artículo 39

Para Decidir Las Reclamaciones De Los Introductores Respecto Del Reconocimiento De Las Mercancías Y De La Liquidación De Los Derechos En Las Secciones De Encomiendas Postales Que Funcionas Bajo La Dirección De Las Administraciones De Hacienda Nacional, Habrá Un Jurado Compuesto Del Administrador, Que Lo Presidirá, Del Contador Y De Un Comerciante Nombrado Cada Dos Años Por La Respectiva Cámara De Comercio

Decreto 985 de 1925 · Por el cual se organiza el servicio de encomiendas del Exterior y la importación de mercancías por medio de recomendados

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para decidir las reclamaciones de los introductores respecto del reconocimiento de las mercancías y de la liquidación de los derechos en las Secciones de Encomiendas Postales que funcionas bajo la dirección de las Administraciones de Hacienda Nacional, habrá un Jurado compuesto del Administrador, que lo presidirá, del Contador y de un comerciante nombrado cada dos años por la respectiva Cámara de Comercio. Las decisiones de este Jurado son apelables para ante el Jurado de Aduanas que funciona en la capital de la República siguiendo el procedimiento establecido en el Código de Aduanas y disposiciones reglamentarias.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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